El pasado 11 de junio el pleno
del Congreso de los Diputados aprobó por una muy amplia mayoría la modificación
del artículo 80 de la Ley Orgánica General Penitenciaria, para el reconocimiento
de los funcionarios de prisiones como agentes de la autoridad.
Más allá de la infantil de decrepita
lucha sindical de siglas por apropiarse del resultado de la votación, que han
decidido con total independencia y de acuerdo a sus interés políticos los
grupos políticos del Congreso.
Lucha que pone de relieve el
alcance del bagaje de la gestión sindical que concentra toda su propaganda en
un tema que hace tiempo es fruta madura y que no sea recogido antes por los
juegos de los partidos políticos y el control sobre las reivindicaciones del
personal penitenciario que ejercen los
partidos.
Al margen de evidenciar ese
secuestro del futuro laboral del personal de prisiones y, de cómo los
sindicatos se han convertidos en correas de transmisión de los intereses de
partidos y no de la defensa del personal penitenciario. Lo irrefutable es que
se pone fin a un anacronismo intolerable y jurídicamente insostenible.
No cabía prolongar durante más tiempo
la chirriante situación de que, quienes actúan en nombre del Estado, en
el cumplimiento de la ejecución penal en las Instituciones Penitenciarias no sean
agentes de la autoridad.
El texto acordado cumplimenta los
principios básicos de las atribuciones de los agentes de la autoridad,
presunción de veracidad, protección jurídica, derecho indemnización, derechos protección
integridad en detención o ingresos penal. Asimismo logra un hito muy significativo
como es la asimilación del personal laboral a los derechos de protección.
Desde siempre se ha vinculado el
reconocimiento de la condición de agente de la autoridad a la lucha contra las
agresiones al personal penitenciario y su protección.
Mi impresión es que se ha
centrado en esta cuestión la herramienta contralas agresiones, por falta de un
conocimiento de las dinámicas y naturaleza que las origina y sobre todo, por un
total ausencia de capacidad de presentar alternativas reales más allá de los eslóganes
politizados, que en ningún caso afrontan las causas de la pandemia de
agresiones.
Una revisión de experiencias similares
orientadas a limitar las agresiones al personal por la vía de incrementar las
medidas punitivas, no indica una correlación con la disminución de las mismas.
No parece de esperar que este
reconocimiento de agentes de la autoridad sea un factor que modifique la
tendencia a una elevada tasa de agresiones al personal penitenciario.
El reconocimiento es una medida
necesaria y que llega muy, pero muy tarde, pero que va más dirigida que la prestación
del servicio no ocasiones daños adicionales al personal penitenciario y por otro
dotar del principio de legalidad a las actuaciones de los funcionarios en
nombre del Estado.
El reconocimiento de la condición
de agente de la autoridad para las funcionarias y funcionarios de Instituciones
Penitenciarias es una buena noticia, pero no parece el momento de descorchar el
champan como pretenden hacernos creer quienes nos representan, seria necesario
acompañar con cambios reales, protección frente a las agresiones, la jubilación
anticipada o las 35 horas, entre otras

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